La Cámara de Apelaciones ratificó un fallo de primera instancia que determinó que la negativa de acceso a un establecimiento vulneró tanto la Ley de Defensa del Consumidor como la normativa antidiscriminatoria. Con esta resolución, el tribunal confirmó formalmente la indemnización a favor de la persona afectada y la aplicación de una multa civil contra los responsables.

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